Calculadora de Liquidación Laboral Colombia 2026

¿Cuánto te deben cuando termina tu contrato?

Cuando termina un contrato laboral en Colombia, el empleador tiene la obligación de pagar una serie de prestaciones sociales reguladas por el Código Sustantivo del Trabajo. Muchos trabajadores no saben exactamente cuánto les corresponde — y muchos empleadores cometen errores de cálculo, voluntaria o involuntariamente. Esta calculadora aplica las fórmulas exactas del CST con los valores vigentes para 2026: SMMLV $1.750.905 y Auxilio de Transporte $249.095. El resultado incluye cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios, vacaciones, salario pendiente, y opcionalmente la indemnización por despido sin justa causa.

📌 Valores 2026 actualizados: SMMLV = $1.750.905  |  Auxilio de Transporte = $249.095  |  Salario Integral Mínimo = $22.761.765 (13 × SMMLV). Fuente: Decretos 1469 y 1470 del 29 de diciembre de 2025.
Primer día de trabajo
Último día de trabajo
⚠️ El salario ingresado está por debajo del mínimo legal 2026 ($1.750.905). Verifica el valor.
Incluir si son habituales (forman parte del salario base)
El auxilio aplica si el salario ≤ 2 SMMLV ($3.501.810). Se incluye en cesantías y prima, pero NO en vacaciones.
Aplica indemnización por despido sin justa causa (Art. 64 CST). Se calculará automáticamente según tu salario y tiempo trabajado.
Días del último mes no pagados aún
⚖️ Aviso legal: Este cálculo es una estimación referencial basada en las fórmulas del Código Sustantivo del Trabajo. No constituye un documento legal vinculante. Situaciones especiales como convenios colectivos, contratos con cláusulas particulares, salarios en especie, trabajo en el exterior, o períodos de incapacidad pueden modificar los valores. Para reclamaciones formales, consulta con un abogado laboral o el Ministerio de Trabajo de Colombia.
Calculadora adicional

Calculadora Rápida de Prima de Servicios

Calcula cuánto te pagan de prima este semestre. La prima se paga en dos cuotas: antes del 30 de junio y antes del 20 de diciembre.

Calculadora adicional

Calculadora de Cesantías Anuales

Verifica cuánto debió consignar tu empleador al fondo de cesantías antes del 14 de febrero. Comprueba si el monto es correcto.

Preguntas frecuentes sobre liquidación laboral en Colombia

¿Qué incluye una liquidación laboral en Colombia? +
Una liquidación laboral en Colombia debe incluir: cesantías (Art. 249 CST), intereses sobre cesantías del 12% anual (Art. 99 Ley 50/1990), prima de servicios proporcional (Art. 306 CST), vacaciones proporcionales (Art. 186 CST) y el salario pendiente del último mes. Si el despido fue sin justa causa, también corresponde la indemnización según el Art. 64 CST. El empleador tiene 15 días hábiles para pagar la liquidación una vez terminado el contrato; si no lo hace en ese plazo, incurre en sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retardo.
¿Cómo se calculan las cesantías en Colombia? +
Las cesantías se calculan con la fórmula del Art. 249 CST: Cesantías = (Salario base × Días trabajados) ÷ 360. El salario base incluye el auxilio de transporte si el trabajador gana hasta 2 SMMLV ($3.501.810 en 2026). Los empleadores deben consignar las cesantías al fondo elegido por el trabajador antes del 14 de febrero de cada año. Las cesantías acumuladas en el fondo generan intereses del 12% anual que el empleador paga directamente al trabajador antes del 15 de enero.
¿Qué es el auxilio de transporte y en qué cálculos se incluye? +
El auxilio de transporte en 2026 es de $249.095 mensuales y aplica para trabajadores que ganen hasta 2 SMMLV ($3.501.810). Se incluye en la base para calcular cesantías y prima de servicios, pero NO se incluye en la base de vacaciones ni de intereses sobre cesantías. Aunque no es técnicamente salario, el Código Sustantivo del Trabajo ordena incluirlo en la base de liquidación como una protección adicional al trabajador de menores ingresos.
¿Cuándo me tienen que pagar la liquidación al renunciar? +
Al renunciar voluntariamente, el empleador tiene 15 días hábiles para pagar la liquidación completa una vez vencido el preaviso o terminado el contrato. Si el empleador no paga en ese plazo, incurre en sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retardo, según el Art. 65 CST. Si después de 24 meses no ha pagado, la sanción equivale al último mes de salario. La liquidación puede exigirse ante el Ministerio de Trabajo o por vía judicial sin costo para el trabajador.
¿Cuál es la diferencia entre liquidación e indemnización? +
La liquidación es el conjunto de prestaciones sociales que siempre corresponden al trabajador al terminar cualquier contrato: cesantías, prima, vacaciones e intereses. La indemnización, en cambio, es una compensación adicional que solo aplica cuando el empleador termina el contrato sin una causa justa según el Art. 64 CST. Si renuncias voluntariamente o hay una causa justa de despido, no hay indemnización. Si te despiden sin justa causa, tienes derecho a ambas: la liquidación completa más la indemnización.
¿Qué pasa si mi empleador no consigna las cesantías al fondo? +
Si el empleador no consigna las cesantías antes del 14 de febrero, incurre en mora y debe pagar un día de salario por cada día de retraso como sanción. Esto se puede reportar al Ministerio de Trabajo de Colombia, que puede imponer multas al empleador. Además, si las cesantías son insuficientes o inexistentes en el fondo, el trabajador puede presentar una demanda laboral para reclamar el monto completo más los intereses de mora. En ningún caso el empleador puede retener las cesantías directamente.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin justa causa? +
La indemnización por despido sin justa causa (Art. 64 CST) depende del salario y el tiempo trabajado. Para contratos indefinidos con salario menor a 10 SMMLV ($17.509.050 en 2026): 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año adicional proporcional. Si el salario es igual o mayor a 10 SMMLV: 20 días por el primer año y 15 días por cada año adicional. Para contratos a término fijo, la indemnización equivale al tiempo restante hasta el vencimiento. En todos los casos, la indemnización mínima es de 15 días de salario.
¿Qué es el salario integral y cómo afecta la liquidación? +
El salario integral es un tipo especial de remuneración para trabajadores que ganan al menos 13 SMMLV ($22.761.765 en 2026). En este esquema, el 70% constituye el salario ordinario y el 30% restante es el factor prestacional que reemplaza cesantías, intereses y prima. Por eso, para trabajadores con salario integral solo se liquidan vacaciones y salario pendiente. Este esquema debe estar pactado expresamente en el contrato por escrito y no puede imponerse unilateralmente por el empleador.
¿Puedo reclamar mi liquidación si renuncié voluntariamente? +
Sí. La liquidación siempre corresponde al trabajador al terminar un contrato, independientemente del motivo. Si renuncias voluntariamente, tienes derecho a cesantías, intereses sobre cesantías, prima proporcional del semestre, vacaciones proporcionales y el salario pendiente del último mes. La única diferencia es que en la renuncia voluntaria no hay derecho a indemnización. Si el empleador se niega a pagar, puedes acudir al Ministerio de Trabajo para una conciliación gratuita o interponer una demanda laboral.
¿Puedo descargar el cálculo de mi liquidación en PDF? +
Sí. Una vez que calculas tu liquidación, aparece el botón "Descargar Liquidación en PDF" en la sección de resultados. El PDF incluye todos los valores calculados con sus fórmulas, el desglose completo de cada concepto (cesantías, prima, vacaciones, etc.), la tabla resumen y las referencias legales del Código Sustantivo del Trabajo. También incluye un aviso de que es una estimación referencial y que para situaciones especiales es recomendable consultar con un abogado laboral o el Ministerio de Trabajo.